24-03-2010
La Comisión de Industria, Turismo y Comercio del Congreso de los Diputados aprobó ayer, con competencia legislativa plena, una proposición de ley para limitar a 30 días el plazo máximo en que la administración deberá pagar a sus proveedores, y a 60 días en el caso del sector privado.
La proposición supone la modificación de la Ley 3/2004 sobre morosidad en las operaciones comerciales, que establecía un régimen general de pago a 60 días, con excepciones a 90 días y una limitación de 30 para los bienes perecederos.
La iniciativa, que fue presentada por CiU y aprobada por unanimidad en gran parte de su articulado tras ser transaccionada, ha sido aplaudida por colectivos de pymes y trabajadores autónomos, que padecen fuertes retrasos en el pago por parte de la administración y grandes grupos empresariales.
Según algunas estadísticas manejadas por los grupos parlamentarios, el plazo efectivo de pago es de casi cien días en el sector privado, de 140 en la administración central, de 150 en la autonómica y de 238 días en la local.
La nueva norma, que deberá pasar por el Senado antes de su aprobación definitiva, introduce un periodo transitorio, de modo que la administración deberá reducir el pago a las empresas a 55 días desde su entrada en vigor; a 50 días a partir del 1 de enero de 2011; a 40 días en 2012, y a 30 días a comienzos de 2013.
El sector privado deberá pagar en 85 días desde la entrada en vigor de la reforma; a 75 días a partir de enero de 2012, y a 60 días en enero de 2013; En el sector de la alimentación y los productos perecederos se mantendrán la actual limitación de 30 días.
Además, el plazo para realizar los pagos comenzará a contar a partir del momento de la entrega de los bienes adquiridos o la prestación de los servicios contratados, y no desde la fecha de emisión de la factura.
Una de las principales novedades es la supresión de la cláusula que permitía a las partes acordar un plazo de pago superior al establecido con carácter general por la normativa.
La aplicación de esta cláusula suponía en la práctica el incumplimiento de los plazos marcados por la Ley, puesto que permitía a las grandes empresas imponer sus condiciones a sus proveedores, normalmente pymes sin capacidad de negociación.
La cláusula ha sido suprimida por acuerdo de todos los grupos parlamentarios, a excepción del PSOE, que proponía mantenerla para las empresas proveedoras con una facturación superior a 100 millones de euros.
El grupo socialista argumentaba que el mantenimiento de esta cláusula sólo afectaría al uno por ciento de las empresas del país, que por su tamaño sí podrían negociar en buenas condiciones con sus clientes.
La Plataforma Multisectorial contra la Morosidad (PMcM), que representa en torno a 1,5 millones de empresas, fundamentalmente pymes y microempresas, y las organizaciones de trabajadores autónomos ATA y UPTA celebraron la aprobación de esta iniciativa, si bien esta última organización consideró que los plazos transitorios son “excesivos” y pidió su revisión en el Senado.
Según cálculos de la PMcM, la limitación de los plazos de pago supondrá para las empresas españolas un ahorro de 10.000 millones de euros.
La asociación de fabricantes de materiales de construcción (Cepco) aplaudió igualmente la reforma, sobre todo la supresión de la cláusula que permitía acordar plazos superiores por considerarla “abusiva”.
El ministro de Industria, Turismo y Comercio, Miguel Sebastián, también valoró la medida y dijo que lo importante ahora es el cumplimiento de los plazos para atajar la morosidad pública y empresarial.
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